Extraña jurisdicción
Este trámite permite asentar en los Libros de Extraña Jurisdicción Actas de nacimientos, matrimonios y defunciones de ciudadanos que residen en la provincia de Salta, ocurridos en otras provincias o países.
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Este trámite permite asentar en los Libros de Extraña Jurisdicción Actas de nacimientos, matrimonios y defunciones de ciudadanos que residen en la provincia de Salta, ocurridos en otras provincias o países.
Desde el punto de vista jurídico el matrimonio es la unión de dos contrayentes de conformidad a las normas civiles. El acto matrimonial es la celebración del mismo entre personas de distinto o un mismo sexo, prestado ante un funcionario público que da fe. El acto queda registrado en un acta, que acredita la realización del mismo.
Es un trámite por el cual se asienta el nacimiento del recién nacido; dicha inscripción debe efectuarse en el registro civil correspondiente al lugar de nacimiento, dentro de los 40 días de nacido.
La falta de cumplimiento de cualquier requisito al momento de la atención será causa de la cancelación del turno.
Pago que se realiza por el nacimiento de un hijo de un agente, por única vez y a uno solo de los progenitores. Se abona una vez que se acredita la documentación correspondiente ante el Área de Personal.
La Inspección General de Personas Jurídicas, conforme a la Ley Provincial Nº 4583/73 y su decreto reglamentario Nº 3964/74 tiene como misión intervenir en la creación, funcionamiento, disolución y liquidación, en jurisdicción provincial, de las Fundaciones.
Es el organismo competente para aprobar su acta fundacional y estatuto, así como las futuras reformas que se introduzcan en este, mediante la resolución que corresponda.
Este trámite se realiza, a razón de adquirir una copia simple o certificada de la escritura matriz la cual se encuentra en el archivo de protocolo de Escribanía de gobierno.
Comprobantes de la situación del solicitante en el IPV
Este trámite permite registrar las Uniones Convivenciales que cuenten con una duración no inferior a dos (2) años.
Este tipo de trámite consiste en solicitar al Registro Nacional de las Personas, modifique los datos biográficos del ciudadano registrados en la base de datos de dicho organismo, por lo cual se genera la emisión de un NUEVO DNI RECTIFICADO.
Las copias expedidas por el Registro Civil que correspondan a inscripciones registradas en los libros y que lleven la firma del oficial público y sello de la oficina respectiva son instrumentos públicos.
LEY 26413 ART. 23.