Solicitud de segundo testimonio
Descripción
Es la reproducción de la escritura matriz , en la cual el escribano asevera o da testimonio de la fidelidad de la reproducción , la expedición u otorgamiento del segundo testimonio está sujeto a la existencia o no de obligaciones pendientes actuales.
Area/Dependencia Responsable
Escribanía de Gobierno - Mesa de entrada - Area Notarial.
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es el trámite que se debe realizar para el otorgamiento de segundo testimonio de escrituras públicas.
¿Para quién es?
Es para los titulares y parte con interés real.
¿Quién lo puede realizar?
El trámite es personal titulares, parte interesada o apoderado debidamente acreditado.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
– Nota dirigida a la escribana de gobierno
– Copia del documento nacional de identidad
– Copia de cédula parcelaria actualizada
Autorizado: debe presentar la autorización con firma certificada o nota firmada por el escribano o abogado autorizante adjuntando copia autenticada de credencial profesional.
Declarar la causa por la cual se realiza el pedido (extravío, robo, hurto u otro hecho que implique la destrucción o inutilización definitiva del primer Testimonio o de los ulteriores, o por no haberlo tenido nunca).
Cuando el solicitante no sea parte de la escritura o el interés legítimo no surgiera de la propia escritura, deberá probar dicho interés con documentación indubitable.
(ej. Heredero debe presentar original y copia de acta de defunción del causante y acta de nacimiento del solicitante).
Se debe poder acreditar que no hay obligaciones pendientes entre partes.
Si hubiere obligaciones pendientes de dar o de hacer, se deberá requerir la acreditación en instrumento público de la extinción de la obligación, la conformidad del acreedor o la autorización judicial, que debe tramitar con citación de las partes del acto jurídico.
¿Cuánto cuesta?
Varía dependiendo si son escrituras públicas o sociales; si son sociales no tiene costo para su registro en la dirección de inmuebles. Si son públicas tienen un arancel.
¿Dónde lo puedo hacer?
Salta Capital calle Caseros N°754.
Horario de Atención
8:30 a hs 13:30