Solicitud de Regularización dominial de lote fiscal de interés social
Descripción
Brindar al ocupante de un lote fiscal, que tenga condiciones de habitabilidad adecuada, la posibilidad de regularizar su situación a efectos de solicitar la adjudicación en términos de lo previsto por Ley Nº 2616/51.-
Area/Dependencia Responsable
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA. Secretaria de Tierras y Bienes del Estado- Subsecretaría de Regularización Dominial – Dirección General Unidad de Regularización Dominial.
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es un trámite destinado a regularizar la seguridad en la tenencia de la tierra, respecto a las personas que ocupen lotes fiscales de interés social y no tengan otros inmuebles, ni hayan recibido otros beneficios habitacionales del Estado. Debido a que tiene por objeto regularizar la tierra a favor de sus actuales ocupantes, durante el proceso se realizan sucesivas verificaciones ocupacionales a fin de constatar la calidad de ocupantes de los solicitantes y el tiempo de su permanencia.
¿Para quién es?
Pueden iniciarlo las personas mayores de edad que acrediten ocupar en forma pública, pacífica y sostenida, y con destino de vivienda única familiar, un lote fiscal que revista condiciones de habitabilidad adecuada.
¿Quién lo puede realizar?
El titular y/o cotitular del grupo familiar y podrá requerirse el consentimiento de los hijos mayores de edad convivientes o integrantes del mismo grupo que también sean mayores.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Presentar por Mesa de Entradas de la Secretaría de Tierras y Bienes formulario de solicitud de regularización dominial (insertar link al formulario) y documentación respaldatoria de los datos que en el mismo se declaran. A saber: DNI y partida de nacimiento del solicitante y los miembros de su grupo familiar y constancia de no beneficio habitacional otorgado por el Instituto Provincial de la Vivienda de titular y cotitular de la solicitud; documentación que acredite la ocupación del lote con facturas de servicios, constancias de compra de material, certificados de vacunación, libretas escolares y/o cualquier otra documentación que acredite que ocupan el lote objeto de solicitud.
¿Se necesita un trámite previo?
NO necesita trámite previo en esta Secretaría
¿Cuánto demoro en hacerlo?
La solicitud es inmediata y su admisibilidad estará sujeta a las especificaciones técnicas del terreno y a los requisitos del solicitante.
¿Cómo recibo el resultado del trámite?
Se notificará al interesado la viabilidad de lo solicitado, luego de evaluar las condiciones jurídicas y de habitabilidad del terreno, y el cumplimiento de la normativa de parte del iniciador del trámite.
¿Cuánto cuesta?
El trámite es totalmente gratuito.
¿Dónde lo puedo hacer?
En las oficinas de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado, cito en calle Santiago del Estero 2.225 – Torre C.-Oficina 2.- Mesa de entrada.
Horario de Atención
El horario es 08:00 a 14:00hs.
Horario y/o días y/o períodos de menor concurrencia
Horario de atención en periodo emergencia por COVID 19 de 9.00 a 13.00 hs.
Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas
Se puede requerir turno a la línea gratuita de Atención Ciudadana 148 o al correo electrónico: tierraybienes.salta@gmail.com