Solicitud de Regularización dominial de lote fiscal de interés social

  • Descripción

    Brindar al ocupante de un lote fiscal, que tenga condiciones de habitabilidad adecuada, la posibilidad de regularizar su situación a efectos de solicitar la adjudicación en términos de lo previsto por Ley Nº 2616/51.-

  • Area/Dependencia Responsable

    MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA. Secretaria de Tierras y Bienes del Estado- Subsecretaría de Regularización Dominial – Dirección General Unidad de Regularización Dominial.

  • ¿Qué es? ¿De qué se trata?

    Es un trámite destinado a regularizar la seguridad en la tenencia de la tierra, respecto a las personas que ocupen lotes fiscales de interés social y no tengan otros inmuebles, ni hayan recibido otros beneficios habitacionales del Estado. Debido a que tiene por objeto regularizar la tierra a favor de sus actuales ocupantes, durante el proceso se realizan sucesivas verificaciones ocupacionales a fin de constatar la calidad de ocupantes de los solicitantes y el tiempo de su permanencia.

  • ¿Para quién es?

    Pueden iniciarlo las personas mayores de edad que acrediten ocupar en forma pública, pacífica y sostenida, y con destino de vivienda única familiar, un lote fiscal que revista condiciones de habitabilidad adecuada.

  • ¿Quién lo puede realizar?

    El titular y/o cotitular del grupo familiar y podrá requerirse el consentimiento de los hijos mayores de edad convivientes o integrantes del mismo grupo que también sean mayores.

  • ¿Qué necesito para hacer el trámite?

    Presentar por Mesa de Entradas de la Secretaría de Tierras y Bienes formulario de solicitud de regularización dominial (insertar link al formulario) y documentación respaldatoria de los datos que en el mismo se declaran. A saber: DNI y partida de nacimiento del solicitante y los miembros de su grupo familiar y constancia de no beneficio habitacional otorgado por el Instituto Provincial de la Vivienda de titular y cotitular de la solicitud; documentación que acredite la ocupación del lote con facturas de servicios, constancias de compra de material, certificados de vacunación, libretas escolares y/o cualquier otra documentación que acredite que ocupan el lote objeto de solicitud. 

  • ¿Se necesita un trámite previo?

    NO necesita trámite previo en esta Secretaría

  • ¿Cuánto demoro en hacerlo?

    La solicitud es inmediata y su admisibilidad estará sujeta a las especificaciones técnicas del terreno y a los requisitos del solicitante.

  • ¿Cómo recibo el resultado del trámite?

    Se notificará al interesado la viabilidad de lo solicitado, luego de evaluar las condiciones jurídicas y de habitabilidad del terreno, y el cumplimiento de la normativa de parte del iniciador del trámite.

  • ¿Cuánto cuesta?

    El trámite es totalmente gratuito.

  • ¿Dónde lo puedo hacer?

    En las oficinas de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado, cito en calle Santiago del Estero 2.225 – Torre C.-Oficina 2.- Mesa de entrada.

  • Horario de Atención

    El horario es 08:00 a 14:00hs.

  • Horario y/o días y/o períodos de menor concurrencia

    Horario de atención en periodo emergencia por COVID 19 de 9.00 a 13.00 hs.

  • Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas

    Se puede requerir turno a la línea gratuita de Atención Ciudadana 148 o al correo electrónico:  tierraybienes.salta@gmail.com