Inscripción de asociaciones civiles
Descripción
La Inspección General de Personas Jurídicas, conforme a la Ley Provincial Nº 4583/73 y su decreto reglamentario Nº 3964/74 tiene como misión intervenir en la creación, funcionamiento, disolución y liquidación, en jurisdicción provincial, de las Asociaciones Civiles.
Es el organismo competente para aprobar su acta fundacional y estatuto, así como las futuras reformas que se introduzcan en este, mediante la resolución que corresponda.Area/Dependencia Responsable
Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Salta, Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones
¿Qué es? ¿De qué se trata?
La personería jurídica es el reconocimiento que el Estado le brinda a las entidades civiles sin fines de lucro que tienen como finalidad el bien común, para que puedan adquirir derechos y contraer obligaciones para el cumplimiento de su objeto y los fines de su creación.
¿Para quién es?
Para todos los ciudadanos que quieran asociarse con fines útiles, buscando el bien común.
¿Quién lo puede realizar?
Todo grupo de personas que quieran conformar una Asociación Civil con domicilio en la Provincia de Salta.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Solicitar la reserva del nombre por el plazo de 30 días. Luego presentar Acta de Constitución (por instrumento público Art. 169 C.C. y C.). Estatuto social (por instrumento público, original, una copia autenticada y tres copias simples). Contrato de Comodato o de Locación (con firma certificada ante escribano y timbrado en Dirección Gral. de Rentas de la Provincia). Copia autenticada de Declaración Jurada – F06W . Cédula parcelaria (Dirección Gral. de Inmuebles, copia simple). Padrón de socios (consignando nombre, DNI, fecha de nacimiento y domicilio). Presupuesto anual (por el período de un año, firmado por profesional de las Cs. Económicas, con fecha de inicio al momento de su constitución y fecha de cierre al final del año. Debe ser cuatrimestral, reflejando en detalle: Gastos de Constitución, Gastos de Organización y Gastos de Funcionamiento). Patrimonio inicial ($ 2.000). Acreditación: Manifestación de bienes con sello y firma de Contador Público Nacional, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Boleta de Depósito por $ 2.000 (Cuenta Especial de garantía de la Provincia en el Banco Macro) a nombre de la entidad en formación. Estampilla $ 2,50 (dos pesos con 50 centavos) por folios útiles de actuación, Dirección Gral. de Rentas de la Provincia). Impuesto a la personería jurídica $ 250 (doscientos cincuenta pesos), Dirección Gral. de Rentas de la Provincia). Centros Vecinales: en este caso deberán presentar croquis realizado por la Dirección de Obras Públicas del Municipio que correspondiere.
¿Se necesita un trámite previo?
No
¿Cómo recibo el resultado del trámite?
La entidad debe notificarse en las oficinas de la Inspección General de Personas Jurídicas.
¿Cuánto cuesta?
El único costo del trámite es el Impuesto a la Personería Jurídica, correspondiente a $ 250 (doscientos cincuenta pesos), que se abona mediante estampillas que son adquiridas en la Dirección General de Rentas. También debe acompañarse una estampilla de $ 2,50 (dos pesos con 50 centavos) por cada foja útil.
¿Dónde lo puedo hacer?
El trámite se realiza en las oficinas de la Inspección General de Personas Jurídicas, sitas en Av. Belgrano Nº 1349, de la Ciudad de Salta.
Horario de Atención
De lunes a viernes desde horas 08:00 a 13:00