Habilitación de equipos de diagnóstico por imágenes

  • Descripción

    Es un trámite mediante el cual se otorga una habilitación a los equipos de diagnóstico por imágenes que emiten radiaciones ionizantes y equipos de Resonancia Magnética.

  • Area/Dependencia Responsable

    Programas Mantenimiento de Infraestructura y Biomedicina, dependientes de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Salud Pública.

  • ¿Qué es? ¿De qué se trata?

    Se trata de una habilitación destinada a asegurar el adecuado nivel de idoneidad y la protección del personal afectado al servicio de dichos equipos; la observancia de normas básicas de seguridad de los mismos, sus instalaciones y lugares de funcionamiento y la determinación de responsables por su tenencia, aplicación y manejo.

  • ¿Para quién es?

    Debe ser gestionada por los establecimientos que trabajen con equipos que emitan radiaciones ionizantes y no ionizantes (Ej. resonancia magnética, láser y luz pulsada).

  • ¿Quién lo puede realizar?

    Debe ser realizada por los responsables de los distintos servicios.

  • ¿Qué necesito para hacer el trámite?

    Requisitos para la habilitación de Servicios de Diagnóstico por Imágenes. · Solicitud de habilitación acompañando el Legajo Técnico, el cual que deberá consignar los items que se detallan a continuación. Al momento de solicitar la habilitación deberá abonar el arancel vigente a esa fecha. 1. Nombre de la Razón Social (indicar si es pública o privada). 2. Domicilio Legal. 3. Responsable del Servicio (profesional especialista matriculado en el Colegio de Médicos de la Provincia de Salta). 4. Responsable de la Razón Social. 5. Características de los equipos a utilizar, consignando KV máximo, mA máximo, Nº de tubos y orientación, carga de trabajo. Antigüedad y registro de valores de ultima calibración, realizada por profesional matriculado. 6. Planos de las instalaciones en escala 1:50 con cálculo de blindaje, firmados por el profesional interviniente. (solamente para el caso de la primera habilitación, no es necesario para la solicitud de renovación). 7. Indicar tipos de estudios a realizar. 8. Antecedentes Personales: a) Fotocopia autenticada del Título Profesional del responsable del equipo. b) Fotocopia autenticada del título de especialista (Radiólogo) del responsable del Servicio. c) Fotocopia del Certificado del Curso Básico de Radiofísica Sanitaria realizado por el Responsable del Servicio. d) En el caso de los profesionales odontólogos, presentar constancia expedida por el Colegio Profesional correspondiente, donde se establezca que el profesional interesado reúne los requisitos necesarios para ser responsable del uso de un aparato de RX. 9. Nómina del personal técnico y auxiliar que participará en la operación de los equipos. Consignar si dicho personal cuenta con el Curso Básico de Radiofísica Sanitaria, en tal caso, acompañar fotocopia del certificado correspondiente. 10. Consignar los elementos de protección personal (delantal plomado, guantes, etc.) disponibles en el servicio. 11. Para los nuevos servicios y para los nuevos equipos, se deberá consignar el origen del equipo, adjuntando certificado de compra, antigüedad del equipo (en caso de ser usado), certificado de importación y habilitación de ANMAT para el equipo y para el importador. 12. Informar sobre el proveedor del Servicio de Dosimetría Personal, adjuntando copia de los últimos informes dosimétricos correspondientes al personal del servicio.

  • ¿Cómo recibo el resultado del trámite?

    El resultado del trámite es una Disposición Interna emitida por la Dirección de Infraestructura, donde se otorga la autorización de uso de los distintos equipos. Este instrumento administrativo será homologado posteriormente mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministro de Salud Pública cuando corresponda a un establecimiento habilitado por el PROFICCSSA, o por el Colegio de Médicos o de Odontólogos cuando se trate de un establecimiento que se habilite por dichos organismos.

    Para los establecimientos industriales bastará la Disposición Interna de la Dirección de Infraestructura, la cual se puede homologar posteriormente por Resolución Ministerial a pedido del interesado.

  • ¿Cuánto cuesta?

    Se deberá realizar el pago del arancel correspondiente, según tabla adjunta, debiendo retirar la factura de constancia de pago en la Dirección de Infraestructura y realizar el pago en la Tesorería del Ministerio de Salud Pública.

    Tabla de aranceles vigentes a Mayo 2019

    NOMENCLADOR DE SERVICIOS Y ARANCELES RADIOFÍSICA SANITARIA

          

     

    SERVICIOS

    UMAS

    Monto Anual

    1

    SERVICIOS DE RADIOLOGÍA ODONTOLÓGICA

    2

    $ 200,00

    2

    SERVICIO DE RADIOLOGÍA PANORÁMICA

    10

    $ 1.000,00

    3

    SERVICIO DE RADIOLOGÍA MÉDICA

    10

    $ 1.000,00

    4

    SERVICIO DE TOMOGRAFÍA COMPUTADA

    20

    $ 2.000,00

    5

    SERVICIO DE HEMODINAMIA

    20

    $ 2.000,00

    6

    SERVICIO DE RESONANCIA MAGNÉTICA NUCLEAR

    20

    $ 2.000,00

    7

    OTROS SERVICIOS DE RADIODIAGNÓSTICO (MAMOGRAFÍA, DENSITOMETRÍA, ETC.)

    10

    $ 1.000,00

    8

    SERVICIO DE RADIOLOGÍA INDUSTRIAL

    20

    $ 2.000,00

    9

    SERVICIO DE RADIOTERAPIA

    20

    $ 2.000,00

  • ¿Dónde lo puedo hacer?

    El inicio del trámite se realiza en dependencias de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Salud Pública, sito en calle Sarmiento Nº 625 - Planta Alta - Tel. 4953568 - 4370505.

  • Horario de Atención

    De 08.00 a 16.00 horas.

  • Vigencia

    La vigencia máxima del período de habilitación es de 2 (dos) años.

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