Habilitación de alojamientos turísticos
Descripción
Los titulares de los establecimientos turísticos, deberán inscribirse en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos y solicitar su homologación en la clase y categoría correspondiente, cumpliendo con los requisitos que para ellos se establecen en el Decreto Provincial 1125/80 y modificatorias.
Area/Dependencia Responsable
Secretaria de Turismo - Dirección General de Registros y Control de Servicios Turísticos - Ministerio de Turismo y Deportes.
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es el trámite que deben realizar los Alojamientos Turísticos para funcionar como tal, previa solicitud de su Inscripción y homologación.
¿Para quién es?
Para aquellos establecimientos que presten el servicio de alojamiento a turistas.
¿Quién lo puede realizar?
El trámite es personal, salvo que lo realice un apoderado debidamente acreditado.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
- Nota dirigida al Sr. Ministro solicitan
do la habilitación de su establecimiento, indicando el nombre del titular, número de teléfono de contacto, la ubicación y el nombre de fantasía del alojamiento. - Número de CUIT / CUIL.
- Certificado de mínima seguridad contra incendios, expedido por Bombero de la Policía de Salta.
- Planos Aprobados por la autoridad competente.
- Fotografías (frente, áreas comunes y habitaciones).
- Cédula parcelaria.
- Contrato de Locación y/o de Comodato y/o autorización del titular en caso de no ser el propietario del inmueble.
- Contrato Social en caso de ser titular una Sociedad.
- Nota dirigida al Sr. Ministro solicitan
¿Cuánto cuesta?
Este trámite no tiene costo.
¿Dónde lo puedo hacer?
El trámite es: Por nota que se deja en la Mesa de Entrada
Secretaría de Turismo
Dirección: Buenos Aires 93.
Teléfono: (0387) 4310950 int. 165-241-242 / 08002223752Horario de Atención
De lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas.