Habilitación de alojamientos turísticos

  • Descripción

    Los titulares de los establecimientos turísticos, deberán inscribirse en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos y solicitar su homologación en la clase y categoría correspondiente, cumpliendo con los requisitos que para ellos se establecen en el Decreto Provincial 1125/80 y modificatorias.

  • Area/Dependencia Responsable

    Secretaria de Turismo - Dirección General de Registros y Control de Servicios Turísticos - Ministerio de Turismo y Deportes.

  • ¿Qué es? ¿De qué se trata?

    Es el trámite que deben realizar los Alojamientos Turísticos para funcionar como tal, previa solicitud de su Inscripción y homologación.

  • ¿Para quién es?

    Para aquellos establecimientos que presten el servicio de alojamiento a turistas.

  • ¿Quién lo puede realizar?

    El trámite es personal, salvo que lo realice un apoderado debidamente acreditado.

  • ¿Qué necesito para hacer el trámite?

    • Nota dirigida al Sr. Ministro solicitan
      do la habilitación de su establecimiento, indicando el nombre del titular, número de teléfono de contacto, la ubicación y el nombre de fantasía del alojamiento.
    • Número de CUIT / CUIL.
    • Certificado de mínima seguridad contra incendios, expedido por Bombero de la Policía de Salta.
    • Planos Aprobados por la autoridad competente.
    • Fotografías (frente, áreas comunes y habitaciones).
    • Cédula parcelaria.
    • Contrato de Locación y/o de Comodato y/o autorización del titular en caso de no ser el propietario del inmueble.
    • Contrato Social en caso de ser titular una Sociedad.

  • ¿Cuánto cuesta?

    Este trámite no tiene costo.

  • ¿Dónde lo puedo hacer?

    El trámite es: Por nota que se deja en la Mesa de Entrada
    Secretaría de Turismo
    Dirección: Buenos Aires 93.
    Teléfono: (0387) 4310950 int. 165-241-242 / 08002223752

  • Horario de Atención

    De lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas.

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