Libreta de Chóferes de Transporte Automotor (Ley 6440)

  • Descripción

    Libreta de Chóferes de Transporte Automotor (Ley 6440)

  • Area/Dependencia Responsable

    Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia / Secretaría de Trabajo. Rúbrica

  • ¿Quién lo puede realizar?

    Los empleadores que en forma permanente, transitoria u ocasional ejerzan la actividad de transporte automotor de pasajeros, ya sea que lo hagan como actividad principal o accesoria y cualquiera que fuese la naturaleza o modalidad del mismo.

  • ¿Qué necesito para hacer el trámite?

    Nota solicitando la rúbrica de libretas de chóferes de auto transporte automotor, con indicación de la persona autorizada a realizar el trámite, firmada por el Titular o Apoderado.

    Deberá consignar los siguientes datos: 

    1. a) Apellido y nombre o Razón Social del empleador;
    2. b) Clave Única de Identificación Tributaria –CUIT -;
    3. c) Domicilio legal completo;
    4. d) Clasificación y modalidad del servicio;
    5. e) Datos completos de inscripción y/o habilitación y/o permiso.
    6. f) Numero de Padrón del Empleador

    Deberá acompañar la siguiente documentación:

      • Constancia de habilitación extendida por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte – CNRT -.
      • Listado de personal ocupado consignando: a) nombre y apellido completo, b) domicilio real completo; c) tipo y número de documento, d) constancia única de identificación laboral –CUIL-;e) fecha de ingreso; f) categoría laboral.
      • Libretas con foto del chofer y los datos del trabajador y empleador consignados de conformidad al modelo establecido por el Decreto Nº 1038/97 y la Resolución MTSS Nº 17/98, sin registraciones, enmiendas, tachaduras y raspaduras.

  • ¿Como se hace?

    Presentación por Mesa de Entrada.

  • ¿Cuánto cuesta?

    El trÁmite tiene un costo que solo debe ser abonado por la empleadora o  el empleador.
    Tasa por Servicio Administrativo Laboral: $ 60.- 

    Forma de Pago: transferencia bancaria: MINISTERIO DE GOBIERNO – MULTAS Y ARANCELES – Cuenta Corriente N° 3-100-094-1945268-0, CBU N° 2850100630094194526801 y acompañar el comprobante en su presentación.

  • Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas

    • Como me informan sobre el estado del tramite?
      • Debe comunicarse al teléfono 4318451/4218426
    • Recomendaciones:
      • En virtud de las recomendaciones de OMS y la autoridad sanitaria local, a fin de mitigar y evitar la propagación de la Covid – 19 (coronavirus) les solicitamos a los Empleadores y a las Empleadoras que NO concurran de manera personal al organismo y enviar un correo electrónico a   secretariadetrabajo@gmail.com