Constancia de exención f600 f601

  • Descripción

    Solicitud de Constancias de Exención en Actividades Económicas / Ingresos Brutos establecidas en el art. 174 del Código Fiscal.

  • Area/Dependencia Responsable

    Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta

  • ¿Qué es? ¿De qué se trata?

    Los contribuyentes enunciados en el artículo 174º del Código Fiscal que deseen gozar de la exención en el Impuesto a las Actividades Económicas deberán solicitar, conforme lo establecido en el inc. b) del artículo 174º bis, la pertinente resolución y/o constancia de exención ante la DGR.

  • ¿Para quién es?

    Para todos los contribuyentes jurisdiccionales y de convenio multilateral que posean actividades exentas o sean sujetos exentos en el impuesto a las Actividades Económicas / Ingresos Brutos por el art 174 del Código Fiscal Provincial que deseen gozar de la exención. (ver art 174 bis Código Fiscal Provincial).

  • ¿Quién lo puede realizar?

    El Contribuyente y/o Responsable - Apoderado mediante escritura pública o Autorizado mediante F902 - Representantes de personas jurídicas.

  • ¿Qué necesito para hacer el trámite?

    REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA SOLICITAR EXENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS POR ACTIVIDAD EXENTA – ANEXO II – RESOLUCION GENERAL 05/2016.

    1. Solicitud de Exención emitida por el Sistema WEB (ingresando con clave fiscal en www.dgrsalta.gov.ar en la opción Constancias/Certificados).
    2. Documentación que corresponda presentar de acuerdo al tipo de actividad:
      – TABACALEROS: Constancia de Inscripción vigente en el FET (Fondo Especial del Tabaco).
      – EXTRACCIÓN DE PRODUCTOS MINERALES: Certificado de Productor Minero expedido por la Secretaría de Minería de la Provincia de Salta, vigente.
      – EXTRACCIÓN DE PRODUCTOS FORESTALES: Resolución de la Secretaría de Medio Ambiente, vigente.
      – PRODUCCIÓN DE BIENES: Con Planta industrial radicada en la Provincia, presentar Habilitación Municipal vigente o solicitud del trámite iniciado ante el municipio.
      – PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS APTOS PARA CELÍACOS: Habilitación Municipal vigente o solicitud del trámite iniciado ante el municipio.
      – AGENCIA DE VIAJES: Inscripción y Licencia vigente en el registro Nacional de la Ley Nº 18829 – Secretaría de Turismo de la Nación (provisoria vigente o definitiva).
      – EXPORTACIONES DE BIENES: Autorización o Habilitación vigente de la Administración Nacional de Aduanas.
      – EXPORTACIONES DE SERVICIOS: Contrato de Locación de Servicios con el proveedor de Internet o liquidación de divisas o fotocopia de la constancia de transacción en moneda extranjera de la entidad de servicio financiero con identificación de las partes.
      – SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE  RADIO Y TV: Habilitación Municipal vigente y documentación respaldatoria que autorice su funcionamiento emitida por la Autoridad competente.
      – IMPRESIÓN, EDICIÓN, DISTRIBUCIÓN Y/O VENTA DE DIARIOS, PERIÓDICOS, REVISTAS Y LIBROS CULTURALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS, DE ACTUALIDADES Y/O DIFUSIÓN O INFORMACIÓN, CON LOCAL COMERCIAL: Habilitación Municipal vigente o solicitud del trámite iniciado ante el municipio respectivo, en su defecto documentación respaldatoria que autorice su funcionamiento.

     

    1. En todos los casos la documentación que corresponda acompañar en fotocopia simple, debe estar debidamente suscripta por el solicitante.
    2. Cuando no registre inscripción en el Impuesto de Cooperadoras Asistenciales debe presentar por expediente nota en donde informa, con carácter de declaración jurada, la causa, aportando de corresponder, la documental respectiva.
      – La DGR podrá solicitar toda la documentación adicional que considere necesaria a efectos de analizar si el contribuyente se encuentra alcanzado por el beneficio.

     

    REQUISITOS PARA SOLICITAR RESOLUCIÓN DE EXENCIÓN SUBJETIVA – ANEXO III RESOLUCION GENERAL 05/2016

    1. Nota dirigida al Director General del Organismo solicitando la exención o renovación de la exención de impuestos provinciales, adjuntando la Solicitud de Exención emitida por el sistema WEB.
    2. Acreditación de personería si se actuare por otra persona, adjuntando el instrumento pertinente mediante:


    – Acta de directorio o asamblea para personas jurídicas, o
    – Escritura de Poder ante Escribano Público Nacional, o
    – Formulario de Poder para actuar ante la D.G.R.

     

    1. Declaración, en la nota, de los datos personales si es por interés o por derecho propio, a saber:
      – Nombre y apellido
      – Tipo y Nº de documento
      – Domicilio real o legal constituido

     

    1. Estatuto de la entidad o escritura de constitución de sociedad en originales o fotocopia autenticada por ante Escribano Público Nacional.
    2. Instrumento legal que apruebe los estatutos y acuerde personería para actuar (ley, decreto o resolución ministerial).
    3. Copia certificada de última acta de autoridades vigentes.
    4. Copia de inscripciones en A.F.I.P. y D.G.R.
    5. Además se requerirá en todos los casos:


    – Autorización o inscripción expedida por la autoridad correspondiente;
    – En el caso de Colegios o establecimientos educacionales: disposición expedida por la autoridad competente en la cual se autoriza el funcionamiento del establecimiento por el período lectivo correspondiente o documento equivalente.
    – En todos los casos la documentación que corresponda acompañar en fotocopia simple, debe estar debidamente suscripta por el solicitante.
    – Cuando no registre inscripción en el Impuesto de Cooperadoras Asistenciales debe presentar nota con carácter de declaración jurada en donde informe la causa, aportando de corresponder, la documental respectiva.
    – Las copias de la documentación requerida para el trámite podrán ser certificadas en la Mesa de Entrada del Organismo presentando los originales respectivos.

     

    REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR LA CONSTANCIA DE SUJETO EXENTO – ANEXO IV RESOLUCION GENERAL 05/2016

    1. Generar la Solicitud de Constancia de Exención por el Sistema WEB.
    2. Presentar por mostradores habilitados la siguiente documentación según corresponda adjuntando asimismo la Solicitud generada:
      – Resolución de exención por impuestos provinciales vigente emitida por la Dirección General de Rentas de Salta.
      – En el caso de Colegios o establecimientos educacionales, además de la resolución, debe acompañar la disposición expedida por la autoridad competente en la cual se autoriza el funcionamiento del establecimiento por el período lectivo correspondiente o documento equivalente.
      – Cuando no registre inscripción en el Impuesto de Cooperadoras Asistenciales debe presentar por expediente una nota con carácter de declaración jurada en donde informe la causa, aportando de corresponder, la documental respectiva.

  • ¿Se necesita un trámite previo?

    Solo podrán pedir la constancia de exención los contribuyentes inscriptos en DGR.

  • ¿Como se hace?

    El pedido de constancia se realiza a través de la página de la DGR ingresando con usuario y contraseña.

    Las presentaciones de documentación adjunta se realiza en calle España 625 de 8:15 a 15:45 horas por línea de mostrador.

  • ¿Cuánto demoro en hacerlo?

    El plazo para concluir el trámite dependerá del grado de cumplimiento de los requisitos exigidos para este trámite.

  • ¿Cómo recibo el resultado del trámite?

    Los trámites de solicitud de constancia de exención, podrán ser seguidos a través de la página WEB de ésta Dirección General de Rentas, utilizando clave fiscal.

    Una vez finalizado el trámite de la solicitud, las constancias de actividad exenta F-600 o sujeto exento F-601, según corresponda, deberán ser impresas desde el Sitio Web de la Dirección General de Rentas (www.dgrsalta.gov.ar), dentro de los Servicios en Línea con Clave Fiscal, para lo cual deberán ingresar el número de solicitud de Constancia emitido por esta Dirección al iniciarse el trámite respectivo.

  • ¿Cuánto cuesta?

    No tiene costo.

  • ¿Dónde lo puedo hacer?

    Para solicitar exención del impuesto a las actividades económicas por actividad exenta
    Solicitud de Exención se realiza por el Sistema WEB se realiza ingresando en www.dgrsalta.gov.ar con clave fiscal en la opción Constancias/Certificados

    Para presentar la documentación dirigirse a:
    Ciudad de Salta
    Consejo Profesional de Ciencias Económicas: España 1420 – PB.
    DGR España 625. Subprograma Gestión Contribuyentes Generales - Mostrador Cooperadoras Asistenciales (Box 15 y 16).

    Delegaciones del Interior Provincial
    Orán: Carlos Pellegrini esq. 9 de Julio.
    Tartagal: Poder Judicial Avenida Mosconi N° 1461.
    Metán: Mitre Oeste N° 30 PB.
    Cachi: General Güemes S/N Municipalidad de Cachi.


    Capital Federal:
    Subprograma Capital Federal: Diagonal Norte Nº 933 - 3º Piso.

    Para solicitar resolución de exención subjetiva
    La Nota dirigida al Director deberá ser presentada en las siguientes mesas de entradas:

    Ciudad de Salta:
    DGR Balcarce Nº 30 P.B.
    DGR España 625.
    Consejo Profesional de Ciencias Económicas: España 1420 – PB.

    Delegaciones del Interior Provincial:
    Orán: Carlos Pellegrini esq. 9 de Julio.
    Tartagal: Poder Judicial Avenida Mosconi N° 1461.
    Metán: Mitre Oeste N° 30 PB.
    Cachi: General Güemes S/N Municipalidad de Cachi.


    Capital Federal:
    Subprograma Capital Federal: Diagonal Norte Nº 933 - 3º Piso.

    Para solicitar la constancia de sujeto exento
    Solicitud de Exención se realiza por el Sistema WEB se realiza ingresando en www.dgrsalta.gov.ar con clave fiscal en la opción Constancias/Certificados.

    Para presentar la documentación dirigirse a:


    Ciudad de Salta
    Consejo Profesional de Ciencias Económicas: España 1420 – PB.
    DGR España 625. Subprograma Gestión Contribuyentes Generales – Mostrador Cooperadoras Asistenciales (Box 15 y 16).

    Delegaciones del Interior Provincial
    Orán: Carlos Pellegrini esq. 9 de Julio.
    Tartagal: Poder Judicial Avenida Mosconi N° 1461.
    Metán: Mitre Oeste N° 30 PB
    Cachi: General Güemes S/N Municipalidad de Cachi.


    Capital Federal:
    Subprograma Capital Federal: Diagonal Norte Nº 933 - 3º Piso.

  • Horario de Atención

    Horarios de Atención de Mesas de Entrada:

    Ciudad de Salta:
    DGR Balcarce de 08:15 a 15:45 horas.
    DGR España de 08:15 a 15:45 horas.
    Consejo Profesional de Ciencias Económicas: de 09:00 a 13:00 horas.

    Delegaciones del Interior Provincial
    Orán: de 07:15 a 14:45 horas.
    Tartagal:de 7:00 a 15:00 horas.
    Metán: de 07:15 a 14:45 horas.
    Cachi: de 07:15 a 14:45 horas.


    Capital Federal:
    Subprograma Capital Federal: de 09:00 a 15:00 horas.

  • Horario y/o días y/o períodos de menor concurrencia

    Para las presentaciones por línea de mostrador, de 08:00 a 09:00 horas.

  • Vigencia

    Las constancias de exención tienen vigencia anual o bien desde el mes posterior al de regularización de situación fiscal dependiendo de cada caso en particular (art. 174 bis inc. c) Código Fiscal Provincial.

  • Plazos

    El plazo para concluir el trámite dependerá del grado de cumplimiento de los requisitos exigidos para este trámite.

  • Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas

    ¿Dónde puedo consultar el trámite en forma personal?Horarios de Atención de las Oficinas Responsables del Trámite: todo dependerá de la evolución del trámite y del área que esté analizando el pedido.

    - Subprograma Gestión Grandes Contribuyentes (Contribuyentes SARES 2000): Caseros 670 de 08:15 a 15:45 horas.

    - Subprograma Gestión Contribuyentes Generales Box Cooperadoras Asistenciales: España 625 de 08:15 a 15:45 horas.

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