Condonación de deuda
Descripción
Trámite por el cual el contribuyente de escasos recursos, impedidos, inválidos, sexagenarios, valetudinarios y pobres de solemnidad solicita la condonación de la deuda ante la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta (Rev.0119).
Area/Dependencia Responsable
Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es el medio por el cual los contribuyentes que no puedan abonar sus obligaciones impositivas puedan solicitar la condonación del impuesto adeudado.
¿Para quién es?
Para los contribuyentes de escasos recursos, impedidos, inválidos, sexagenarios, valetudinarios y pobres de solemnidad, que por su situación no puedan abonar las deudas por impuestos que posean con la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta.
¿Quién lo puede realizar?
- El Contribuyente y/o responsable - Apoderado mediante escritura pública o Autorizado mediante F902 - Representantes de personas jurídicas
¿Qué necesito para hacer el trámite?
REQUISITOS
Formulario Solicitud de Condonación de Deuda (F120), el cual debe ser ingresado por ante la Mesa de Entrada del Organismo.
*El F120 puede descargarse de la página de la D.G.R www.dgrsalta.gov.arà en “Formulario On Line” o a través del siguiente link: https://www.dgrsalta.gov.ar/rentassalta/jsp/servicios/formularios.jsp
Fotocopia de las dos (2) primeras páginas del D.N.I. del solicitante.
Constancia de A.N.S.E.S. que certifique que, tanto el titular como el grupo familiar con el que convive, no posee en beneficios previsionales o en su defecto recibo de sueldo, pensión o jubilación (último).
Certificado de residencia y convivencia extendido por la Policía de la Provincia.
Certificado de Carente de Recursos Económicos y Constatación de Carente de Recursos Económicos(Anexos I y II de la Resolución Nº 076/01- Secretaría de la Gobernación de Seguridad) emitido por la Policía de la Provincia (este formulario es provisto en los Subprogramas: Secretaría Institucional – Recaudación – Gestión de Cobro– Revisión y Recursos).
En el caso que se trate de contribuyente que padezca alguna enfermedad, sea impedido, inválido,sexagenario y valetudinario deberá acreditar el padecimiento de una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que con relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para el desarrollo de su actividad, oficio o profesión mediante la presentación de Certificado Médico otorgado por hospital público donde conste diagnóstico profesional y grado de incapacidad laboral en %.
Formulario DDJJ Condonación de deuda del impuesto por la que se tramita la condonación, el cual debe estar suscripto por el área donde se gestiona el cobro de la deuda y donde debe constar, en carácter de declaración jurada, monto, períodos e impuesto adeudado. De corresponder, DDJJ. firmadas de los períodos adeudados.
Si es negocio y cerró, fotocopia de baja o cese de actividad municipal expedido por el municipio respectivo.
Constancia extendida por la Dirección General de Inmuebles donde conste que, tanto el solicitante como los integrantes del grupo familiar con el que convive, pose en bien único y/o no poseen bienes inmuebles a su nombre.
Constancia municipal de inscripción o no inscripción en el Impuesto Automotor, tanto del titular como del grupo familiar con el que convive.
En caso que declare hijos estudiantes,constancia de alumno regular.
En caso de tener familiares a cargo,tenencia judicial de los mismos.
En caso de fallecimiento del titular de la deuda, presentación del certificado de defunción.
Si la presentación es efectuada por intermedio de un representante, deberá acreditar su personería mediante poder con firma certificada por Juez de Paz o Autoridad Policial.
¿Se necesita un trámite previo?
No
¿Como se hace?
Ver: Requisitos.
¿Cuánto demoro en hacerlo?
Dependerá de la afluencia de público al momento de la presentación del Formulario F120 de Cesión de Créditos por Mesa de Entradas
¿Cómo recibo el resultado del trámite?
La Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta notificará al contribuyente en su domicilio fiscal la Resolución por la cual se condona o no la deuda solicitada.
¿Cuánto cuesta?
Estampillas Fiscales: $3,50 al momento de presentar la Solicitud por Mesa de Entrada.
¿Dónde lo puedo hacer?
Ciudad de Salta:
DGR Balcarce N° 30.
DGR España N° 625.
Consejo Profesional de Ciencias Económicas: España N°1420 – P.B.
Delegaciones del Interior Provincial:
Orán: Carlos Pellegrini esq. 9 de Julio.
Tartagal: Poder Judicial P.B - Avenida Mosconi N° 1461.
Metán: Mitre Oeste N° 30 P.B.
Capital Federal:
Subprograma Capital Federal: Diagonal Norte Nº 933 - 3º Piso.
Horario de Atención
Ciudad de Salta:
DEGR Balcarce de 08:15 a 15:45 horas.
DGR España de 08:15 a 15:45 horas.
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de 09:00 a 13:00 horas.
Delegaciones del Interior Provincial:
Orán de 7:15 a 14:45 horas.
Tartagal: Poder Judicial P.B - de 7:00 a 15:00 horas.
Metán de 7:15 a 14:45 horas.
Capital Federal:
Subprograma Capital Federal de 9:00 a 15:00 horas.
Horario y/o días y/o períodos de menor concurrencia
No aplica.
Vigencia
No aplica.
Plazos
No aplica.
Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas
Correo de Consultas: consultasdgr@salta.gov.ar