Compensación
Descripción
Trámite por el cual se solicita la aplicación de un saldo a favor que posee el contribuyente y/o responsable en la cancelación de otras obligaciones que posea con la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta (Rev. 0119).
Area/Dependencia Responsable
Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es el medio por el cual el contribuyente solicita la compensación de un saldo a favor para cancelar obligaciones que posea con la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta.
El saldo a favor puede estar generado por:
Retenciones y/o Percepciones superiores al impuesto determinado.
Doble pago de Declaraciones Juradas.
Pagos en exceso realizados por el Contribuyente.
El saldo a favor no puede provenir de Planes de Facilidades de Pago.
¿Para quién es?
Para los contribuyentes y/o responsables de Impuestos administrados por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta que solicitan la compensación de saldos a su favor, con el fin de poder cancelar otras obligaciones que posean con la Dirección General de Rentas. Se incluyen contribuyentes jurisdiccionales y de convenio multilateral.
¿Quién lo puede realizar?
- El Contribuyente y/o responsable. - Apoderado mediante escritura pública o Autorizado mediante F902. - Representantes de personas jurídicas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Deberá presentar por Mesa de Entradas el formulario F651 de Solicitud de
Compensación disponible en www.dgrsalta.gov.arà Formularios On Line o a
través del siguiente link:
https://www.dgrsalta.gov.ar/rentassalta/jsp/servicios/formularios.jsp
REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE COMPENSACIÓN
1. Registrar saldo a favor, doble pago o pago en exceso, excepto los
generados por cuotas de Planes de Facilidades de Pago.
2. Presentación de “Formulario de Solicitud de Compensación Nº 651” en Mesa
de Entrada: Balcarce 30 de 8:15 a 15:45. España 1420 de 9:00 a 13:00, o
España 625 de 8:15 a 15:45, con los siguientes datos:
– Nº de CUIT
– Nombre y Apellido del contribuyente y/o razón social
– DNI, de corresponder
– Domicilio
– Cuando el solicitante sea:Personas Jurídicas: copia simple del instrumento que acredite el carácter y
representación del solicitante en la primera presentación de cada año; en las
posteriores, citar el Nº de expediente donde se adjunta dicha constancia o
nueva constancia en caso de reemplazos del representante.
Apoderado o Autorizado: deberá acreditar la personería, adjuntando copia
simple del instrumento pertinente (escritura de poder ante escribano público o
formulario de autorización – F.902- para actuar ante la D.G.R.).
El F902 puede descargarse de la página de la D.G.R www.dgrsalta.gov.ar en
“Formulario On Line” o a través del siguiente
link: https://www.dgrsalta.gov.ar/rentassalta/jsp/servicios/formularios.jsp
– Período/s y obligación cuya compensación solicita
– Período/s y obligación de donde surge el crédito a compensar
– Firma y aclaración¿Se necesita un trámite previo?
No
¿Como se hace?
Ver: Requisitos.
¿Cuánto demoro en hacerlo?
Dependerá del grado de cumplimiento de los deberes formales y de presentación que posea el contribuyente ya que podría recibir notificaciones solicitando mayor información en su domicilio fiscal.
¿Cómo recibo el resultado del trámite?
La Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta notificará al contribuyente y/o responsable en su domicilio fiscal la Resolución por la cual se le reconoce la existencia del Saldo a Favor y la compensación realizada según el pedido realizado.
¿Cuánto cuesta?
Estampillas Fiscales $3,50 al momento de presentar la Solicitud.
¿Dónde lo puedo hacer?
Presentar la solicitud en cualquiera de las siguientes Mesas de Entrada:
Ciudad de Salta:
DGR Balcarce N° 30 P.B.
DGR España N° 625.
Consejo Profesional de Ciencias Económicas: España N° 1420 – P.B.
Delegaciones del Interior Provincial:
Orán: Carlos Pellegrini esq. 9 de Julio.
Tartagal: Poder Judicial P.B - Avenida Mosconi N° 1461.
Metán: Mitre Oeste N° 30 PB.
Capital Federal:
Subprograma Capital Federal: Diagonal Norte Nº 933 - 3º Piso.
Horario de Atención
Ciudad de Salta:
DGR Balcarce de 08:15 a 15:45 horas.
DGR España de 8:15 a 15:45 horas.
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de 9:00 a 13:00 horas.
Delegaciones del Interior Provincial:
Orán de 7:15 a 14:45 horas.
Tartagal: Poder Judicial P.B - de 7:00 a 15:00 horas.
Metán de 7:15 a 14:45 horas.
Capital Federal:
Subprograma Capital Federal de 9:00 a 15:00 horas.
Horario y/o días y/o períodos de menor concurrencia
No aplica.
Vigencia
No aplica.
Plazos
No aplica.
Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas
¿Dónde puedo consultar el trámite en forma personal?
Horario de Atención de las Oficinas Responsables del Trámite:
Subprograma Gestión Grandes Contribuyentes (Contribuyentes SARES 2000):
Caseros N° 670 de 08:15 a 15:45 horas.
Subprograma Contribuyentes Generales: España N° 625 de 08:15 a 15:45 horas.
Por consultas:
consultasdgr@salta.gov.ar