Certificado de no objeción revisión de planos

  • Descripción

    Analizar la propuesta de intervención presentada desde el punto de vista patrimonial, considerando si se trata de un bien catalogado (monumental, arquitectónico o contextual), su inserción en el entorno, sus líneas dominantes existentes, entre otros. Asimismo corresponde analizar la propuesta desde el punto de vista de las Normas de edificación contenidas en el Plan Regulador del Área Centro, evaluando su cumplimiento en cuanto a régimen volumétrico definido para la parcela, uso de suelo, condiciones de habitabilidad, tratamiento y color de fachada,(conforme a paleta cromática establecida), terminación de instalaciones publicitarias, circulaciones horizontales y verticales y seguridad en medios de egreso, cómputo de plazas de estacionamientos en sintonía con su estado, disposición y reglamentaciones de seguridad, entre otros. Se realiza una inspección previa en el inmueble en cuestión.

    Según el Art. 223º del PRAC, el Certificado de No Objeción es el instrumento legal emitido por la Comisión de Preservación del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta (CoPAUPS) que autoriza, o deniega, las acciones a llevar a cabo en el Área Centro regulada por el presente PRAC, y que según el art. 224º, establece a título enunciativo la obligatoriedad de los particulares en obtener el certificado de no objeción e inicio del trámite para todos los inmuebles ubicados en el área mencionada. Todo ello, por facultades establecidas por el art. 19º de Ley Nº 7418.

  • Area/Dependencia Responsable

    Comisión de Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta. (Co.P.A.U.P.S ) - Área Técnica (Revisión de Planos)

  • ¿Qué es? ¿De qué se trata?

    El Certificado de No Objeción es el instrumento legal emitido por la Comisión de Preservación del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta (CoPAUPS) que autoriza, o deniega, las acciones a llevar a cabo en el área regulada por el presente PRAC, constituyendo el paso obligatorio previo al proceso de Aprobación Municipal.

    El Certificado de No Objeción Autorizado, en adelante CNOA, estará constituído por la Resolución y la Documentación Técnica correspondiente. Toda la documentación, a los fines de su validez legal, deberá estar sellada y firmada por la CoPAUPS. La obtención del CNOA no autoriza el Inicio de Obra. Válidez 180 días corridos del CNOA.

  • ¿Para quién es?

    El trámite es para todo persona interesada en remodelar, construir y/o ampliar un inmueble, puede ser el/los propietarios del inmueble y profesionales. Siempre con autorización del y/o los propietario/s.

  • ¿Quién lo puede realizar?

    Lo puede realizar el/los propietarios del inmueble y profesionales. Siempre con autorización del y/o los propietario/s.

  • ¿Qué necesito para hacer el trámite?

    – Solicitud de certificado de no objeción debidamente confeccionada
    – Cédula parcelaria actualizada del inmueble a intervenir.
    – Fotocopia de DNI 1º y 2º del titular.

    En el caso que exista más de un propietario en el inmueble a intervenir, la solicitud de certificado de no objeción, en su defecto, se deberá unificar personería jurídica presentando mandato expedido por escribano público. (Poder) Cuando se tratare de inmuebles de propiedad de personas jurídicas debidamente registradas, se deberá presentar mandato suficiente. Declaratoria de herederos en caso de encontrarse en trámite de sucesión. En caso de ser sociedades, etc. Acreditar responsable y/o encargado mediante certificado ante escribano.

    – Memoria descriptiva de la propuesta de intervención
    – Planos de anteproyecto en escala conveniente (optativo)
    – Fotografía de la fachada del inmueble impresa en color en papel común.
    – Presentar toda la documentación en una carpeta.

  • ¿Cuánto cuesta?

    Sin costo

  • ¿Dónde lo puedo hacer?

    Zuviría 163- Salta capital. Teléf. 4213730

  • Horario de Atención

    8:00 a 14:00hs.

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