Centralización de Documentación Laboral
Descripción
Trámite para la Centralización de la Documentación Laboral – Res. ST N° 168/02 en la provincia de Salta.
Area/Dependencia Responsable
Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia / Secretaría de Trabajo. Rúbrica
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Presentación inicial que deben realizar los empleadores ante la Autoridad Administrativa Local
Solo cuando el empleador posee el veinte por ciento (20%) de los dependientes prestando servicios en el territorio de la provincia de Salta.¿Quién lo puede realizar?
Las empleadoras, los empleadores y/o su representante legal con acreditación de la representación que invoca.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Presentar con carácter de Declaración Jurada el Formulario de Centralización de documentación laboral (Resolución MT Nº 168/02).
El mismo deberá consignar los siguientes datos:
- Nombre/ Razón Social O Denominación:
- C.U.I.T.:
- Actividad Económica:
- Numero de Padrón
- Domicilio Constituido y Real o de Explotación
- Teléfono:
- Mail:
- Cantidad De Personal:
Deberá acompañar la siguiente documentación, según corresponda:
- Constancia De Inscripción Como Empleador – AFIP
- Constancia Inscripción DGR – F.901 O F.900/1
- Listado de personal ocupado consignando: a) nombre y apellido completo, b) tipo y número de documento, c) constancia única de identificación laboral –CUIL-;d) fecha de ingreso; e) categoría laboral, f) Lugar de Trabajo
- Acreditación de la representación que invoca.
¿Como se hace?
Presentación por Mesa de Entrada.
¿Cuánto cuesta?
El trámite tiene un costo que solo debe ser abonado por la empleadora o el empleador
Tasa por Servicio Administrativo Laboral: $ 175.-Forma de Pago: transferencia bancaria: MINISTERIO DE GOBIERNO – MULTAS Y ARANCELES – Cuenta Corriente N° 3-100-094-1945268-0, CBU N° 2850100630094194526801 y acompañar el comprobante en su presentación.
Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas
- Como me informan sobre el estado del tramite?
El Plazo del trámite NO será inferior a 5 días hábiles.
- Recomendaciones:
- En virtud de las recomendaciones de OMS y la autoridad sanitaria local, a fin de mitigar y evitar la propagación de la Covid – 19 (coronavirus) les solicitamos a los Empleadores y a las Empleadoras que NO concurran de manera personal al organismo.