Canje de LE o LC
Se denomina así al trámite por el cual se cambia la Libreta de Enrolamiento (LE), Libreta Cívica (LC) por el DNI.
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Se denomina así al trámite por el cual se cambia la Libreta de Enrolamiento (LE), Libreta Cívica (LC) por el DNI.
Todo cambio de domicilio genera la emisión de un nuevo DNI de formato TARJETA con el domicilio actual.
Este trámite se debe efectuar a partir de cumplir el ciudadano los 14 años de edad. Es un tramite obligatorio.
Al alcanzar el niño/a la edad escolar (desde los 5 años y hasta cumplir los 8), se debe realizar la primera actualización del DNI. Es un trámite obligatorio.
El trámite de DNI “0 año provisorio” es la primera identificación del recién nacido al momento de su inscripción, por el que se le asigna un numero de matricula individual, que es inalterable y que lo acompañara toda su vida. Como resultado de este trámite, se le otorgara un DNI Tarjeta provisoria personalizada con el numero de matricula individual registrado en la partida de nacimiento mediante una OBLEA.
El rectorado del Instituto de Educación Superior eleva a la Dirección General de Educación Superior el proyecto de investigación presentado por su equipo docente para la aprobación del mismo.
El legajo único es el registro del vínculo laboral que un agente puede tener con la Administración Pública Provincial. Este legajo contendrá toda la informacion de dicho agente como antiguedad, ubicación, salario, entre otros.
Presentación documentación requerida por el Plan Provincial de Nutrición del Escolar al inicio de cada Período Lectivo.
Trámite que deberá efectuarse cuando una nueva Unidad Educativa sea incorporada al Plan Provincial de Nutrición del Escolar o frente a cambios en la Gestión Directiva de la Unidad Educativa.
Informar su ubicación o dar vista de un expediente según lo requiera el interesado.