Este trámite consiste en solicitar al Registro Nacional de las Personas, modifique los datos biográficos del ciudadano registrados en la base de datos y en el legajo del ciudadano, por lo cual se genera la emisión de un NUEVO DNI RECTIFICADO.
Las copias de ACTAS LEGALIZADAS, expedidas por el Registro Civil corresponden a inscripciones registradas en los libros obrante en el organismo, lleven firma y sello del oficial público que dio fe del acto y son instrumentos públicos.(LEY 26413 ART. 23).
Este trámite permite obtener la nacionalidad argentina a los residentes extranjeros que deseen hacerlo y que tengan más de dos años continuos e inmediatos de residencia PERMANENTE en el país.
Este trámite permite obtener la nacionalidad argentina a los ciudadanos nacidos en el exterior que, siendo hijos de argentinos nativos, expresen su voluntad de adquirirla.
En el caso de los menores de 18 años el que expresara la voluntad de adquirir la nacionalidad argentina para su hijo menor será el padre, madre o ambos, debiendo ser por lo menos uno de ellos argentino nativo.
Al alcanzar el niño/a la edad escolar (desde los 5 años y hasta cumplir los 8), se debe realizar la primera actualización del DNI. Es un trámite obligatorio.
El trámite de DNI “0 año provisorio” es la primera identificación del recién nacido al momento de su inscripción, por el que se le asigna un numero de matricula individual, que es inalterable y que lo acompañara toda su vida. Como resultado de este trámite, se le otorgara un DNI Tarjeta provisoria personalizada con el numero de matricula individual registrado en la partida de nacimiento mediante una OBLEA.
El rectorado del Instituto de Educación Superior eleva a la Dirección General de Educación Superior el proyecto de investigación presentado por su equipo docente para la aprobación del mismo.