Otorgamiento de Permiso de Tránsito
Permisos de tránsito para maquinarias agrícolas, vehículos convencionales, carretones.
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Permisos de tránsito para maquinarias agrícolas, vehículos convencionales, carretones.
La Policía de Salta a través de la Sección Leyes Especiales emite el Permiso Diario que habilita para el Expendio de Bebidas Alcohólicas al Copeo (consumo en el mismo lugar), conforme al artículo 100 de la Ley 7135/01
La Dirección de Seguridad Vial tiene a su cargo la prevención y control del tránsito vehicular en el ámbito de la Provincia, dentro de los límites de competencia y jurisdicción que le asignan las Leyes a la Institución, en relación a las infracciones que puedan cometer los conductores de transporte público como ser taxis – remis transporte ilegal de pasajeros.
Es un tramite necesario para todos aquellas firmas para comercializar productos e insumos farmacéuticos con el estado provincial.
Es un tramite necesario para todos aquellos firmas habilitadas en otras Jurisdicciones sanitarias para comercializar en la provincia.
Es un tramite necesario para todos aquellas firmas que tengan vehículos para transportes de especialidades medicinales y productos médicos.
Los responsables de proyectos energéticos, sean éstos eléctricos, hidrocarburíferoso sobre energías renovables, deben acompañar a su presentación, un estudio de impacto ambiental y social realizado por profesional habilitado, para su evaluación por el área o dependencia responsable.
Las empresas proveedoras o comercializadoras de equipos solares térmicos, interesadas en participar en el Plan Sol en Casa que lleva adelante el Gobierno de la Provincia de Salta, deberán estar inscriptas en el Registro de Proveedores del Plan Sol en Casa.
Los titulares de áreas de exploración y de explotación y los operadores de las mismas deben estar inscriptos en el Registro de Productores de Petróleo, Gas y de su Industrialización.
Las empresastitulares y/u operadoras de áreas de explotación hidrocarburífera en el territorio provincial deben presentar mensualmente una planilla con información estadística sobre producción de hidrocarburos y estado general de pozos, en el marco de lo dispuesto por la Res. 319/93 de la Secretaría de Energía de la Nación. El trámite se conoce vulgarmente como “Capítulo IV”.