Autorización de trabajo artístico de niños y niñas menores de 16 años
Descripción
Trámite para la obtención de autorizaciones individuales para el trabajo de niñas y niños menores de dieciséis años en actividades artísticas.
Generando una herramienta que reconoce y promueve el derecho de los niños y niñas a participar en la vida cultural y artística.Area/Dependencia Responsable
Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia / Secretaría de Trabajo. Programa de Igualdad de Oportunidades y Erradicación del Trabajo Infantil
¿Qué es? ¿De qué se trata?
Autorización emanada por parte de Autoridad Administrativa respecto a la intervención de menores en actividades y espectáculos artísticos a fin de que tal actividad no colisionen con el derecho a la educación, al desarrollo, al esparcimiento y al juego.
¿Quién lo puede realizar?
Productoras artística– requiere manifestación ante la autoridad administrativa laboral de la autorización de la madre, padre o quien legalmente tenga la guarda de la niña o niño .
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Presentar con carácter de Declaración Jurada una nota tipo suscripta por la productora o su representante legal.
*Para acceder a la nota tipo debe enviar una mail a secretariadetrabajosalta@gmail.com indicando el tipo de tramite, su nombre y apellido, domicilio y teléfono de contacto.
Deberá consignar los siguientes datos:
- Nombre/ Razón Social O Denominación.
- C.U.I.T.
- Domicilio Constituido y Real Teléfono
- Mail:
- Características de la obra artística
- Nomina de niños y niñas a quienes solicita autorizar: Nombre, Apellido, DNI, Domicilio, Teléfono de Contacto, Mail. Idénticos datos sobre madre, padre o quien legalmente tenga la guarda de la niña o niño .
- Remuneración y seguro de accidentes contratado.
- Sobre la tarea artística: Detalle de la misma, lugar donde se desarrollara, fecha de inicio y finalización, jornada. De igual forma, fecha y horarios de ensayos
Deberá acompañar la siguiente documentación, según corresponda:
- Acreditación de la Personería que invoca
- Constancia De Inscripción Como Empleador – AFIP
- Constancia Inscripción DGR – F.901 O F.900/1
- Copia del DNI de los Niñas o Niños, copia de la documentación que acredite el vinculo con madre, padre o quien legalmente tenga la guarda de la niña o niño, copia del DNI de estos.
- Certificado medico de aptitud física para la tarea a desempeñar.
- Certificado de escolaridad – en caso de que corresponda-
- Constancia de seguro nominal
¿Como se hace?
Presentación por mesa de entrada.
La Secretaria de Trabajo tomara contacto las madres, padres o quien legalmente tenga la guarda de la niña o niño a fin de que realicen la manifestación de autorización correspondiente.¿Cuánto cuesta?
El tramite tiene un costo que solo debe ser abonado por la productora Tasa por Servicio Administrativo Laboral: $ 220.-
Forma de Pago: Por transferencia bancaria: MINISTERIO DE GOBIERNO – MULTAS Y ARANCELES – Cuenta Corriente N° 3-100-094-1945268-0, CBU N° 2850100630094194526801 y acompañar el comprobante en su presentación.
Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas
- ¿Cómo me informan sobre el estado del trámite?
- El plazo del trámite NO es inferior a 5 días hábiles.
- Recomendaciones:
- acordados y adjuntar en el expediente los comprobantes de depósito.
- En virtud de las recomendaciones de OMS y la autoridad sanitaria local, a fin de mitigar y evitar la propagación de la Covid – 19 (coronavirus) les solicitamos que NO concurran de manera personal al organismo y envíe un correo electrónico a secretariadetrabajo@gmail.
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- ¿Cómo me informan sobre el estado del trámite?