Alta de nuevos afiliados en el IPS (Instituto Provincial de Salud de Salta)

  • Descripción

    Incorporación al IPS de nuevos afiliados

  • Area/Dependencia Responsable

    Instituto Provincial de Salud de Salta. Departamento Afiliaciones

  • ¿Qué es? ¿De qué se trata?

    Ingresar a la obra social provincial a nuevos empleados públicos y su grupo familiar para que puedan acceder al servicio de salud

  • ¿Para quién es?

    Para los empleados públicos provinciales, municipales, de organismos descentralizados y empresas del Estado; y su grupo familiar.

  • ¿Quién lo puede realizar?

    Únicamente el titular (el empleado público), pero debe ir acompañado de todos los beneficiarios para poder tomarles las fotografías del carné.

  • ¿Qué necesito para hacer el trámite?

    El ingresante debe completar un formulario de declaración jurada para afiliación, y adjuntar la siguiente documentación:

    Afiliado titular y grupo familiar
    – Copia de recibo de sueldo, decreto y/o certificado de trabajo
    – Copia del DNI de ambos lados
    – Certificado de residencia en caso de no tener actualizado el domicilio
    – Si es casado, copia del acta de matrimonio actualizada
    – Si tiene hijos, copia de la partida de nacimiento de los hijos
    – Para dar de baja a un ex cónyuge deberá presentar indeclinablemente Sentencia de Divorcio Vincular y/o Acta de Matrimonio actualizada en marginal, Sentencia de Divorcio y/o Cedula u Oficio Judicial notificando disolución conyugal.

    Familiares a cargo
    – Descendiente (Nieto): Serán beneficiarios hasta la mayoría de edad 18 años
    – Formulario para ingreso ascendiente y/o descendiente por consanguinidad
    – Guarda Judicial y/o Tenencia y/o Tutela con posesión y/o Homologación del Convenio de Delegación de la Responsabilidad Paternal
    – Copia DNI y recibo de sueldo del titular
    – Copia Partida de Nacimiento, DNI y Negativa de Anses del menor a ingresar
    – Copia Partida de Nacimiento y DNI del progenitor/a
    – Certificado de residencia y convivencia
    – Aportará el 2%

    Menor a cargo y/o pre-adopción: Serán beneficiarios hasta la mayoría de edad 18 años
    – Formulario para ingreso menor a cargo
    – Guarda Judicial y/o Tenencia y/o Tutela con posesión y/o Homologación del Convenio de Delegación de la Responsabilidad Paternal
    – Copia de DNI y recibo de sueldo del titular
    – Copia de Partida de Nacimiento, DNI y Negativa de Anses del menor a ingresar
    – Certificado de residencia y convivencia
    – Los menores con guarda pre-adoptiva no abonan aporte

    Ascendiente (Padre/Madre): Los padres y/o madres que requieran ingreso no deberán poseer ningún Beneficio Provisional o económico.
    – Formulario de ingreso ascendiente y/o descendiente
    – Curatela con posesión de cargo y/o Acta de Capacidad Restringida
    – Copia DNI, Partida de Nacimiento y recibo de sueldo del titular
    – Copia DNI y Negativa de Anses del padre – madre
    – Aportará 2%

    Hijos mayores de 21 años con discapacidad
    – Formulario para hijos incapacitados mayores de 21 años completo
    – Certificado de discapacidad actualizado
    – Fotocopia del último recibo de sueldo del titular
    – Fotocopia del DNI del beneficiario
    – Estudios o tratamientos que estuviese realizando
    – Certificado de residencia y convivencia
    – Fotocopia del carnet IPS del titular
    – Partida de Nacimiento de beneficiario
    – Nota dirigida al Dr. Martín Baccaro solicitando continuidad de afiliación
    – Presentar toda la documentación en 20 de Febrero 332

    Continuidad de curados:
    – Formulario para pupilos y cuadros completo
    – Curatela con posesión de cargo
    – Certificado de discapacidad actualizado
    – Fotocopia del último recibo de sueldo del titular
    – Fotocopia del DNI del beneficiario
    – Nota dirigida al Dr. Martin Baccaro solicitando continuidad de afiliación
    – Aportará el 2%
    – Presentar toda la documentación por 20 de Febrero 332

    Convivientes
    – Acta de Unión Convivencial
    – Negativa de Anses del concubino/a
    – Fotocopia del último recibo de sueldo del titular
    – Fotocopia de DNI del titular y concubino/a
    – Formulario para ingreso de concubino
    – Aportará el 4%

    Hijos mayores de 21 años y hasta los 26 años inclusive para continuar a cargo del afiliado titular
    -Formulario para hijos mayores de 21 y hasta 26 años inclusive para continuar a cargo del afiliado titular
    – Constancia de alumno regular original, avalado por resolución ministerial sin tachaduras ni enmiendas
    – Negativa de Anses
    – Los beneficiarios estudiantes deberán presentar constancia de alumno regular don veces al año, en – Abril y en Octubre.
    – Jubilados en trámite
    – Copia de la Constancia de Anses donde figure que está en trámite la jubilación.
    – Deberá abonar el aporte mínimo de $410, hasta que cobren el beneficio prestacional.

    Pensionados en trámite
    – Formulario Declaración Jurada para Afiliación
    – Copia DNI del beneficiario que continuará como pensionado
    – Copia del Acta de Defunción del titular
    – Copia de la Constancia de Anses donde figure que está en trámite la pensión
    – Deberá abonar el aporte mínimo de $410 hasta que cobren el beneficio prestacional

  • ¿Cuánto demoro en hacerlo?

    Las esperas son variables. El trámite es simple y rápido. Dependiendo del tamaño del grupo familiar, puede demorar como máximo media hora desde el momento de ser atendido.

  • ¿Cómo recibo el resultado del trámite?

    Una vez completado el trámite, el carné de afiliado de cada miembro del grupo familiar se entrega en el momento.

  • ¿Cuánto cuesta?

    El trámite es gratuito

  • ¿Dónde lo puedo hacer?

    En Salta Capital: 20 de Febrero Nº 332
    Tel.:4323189 / 4323181 / 4323129.
    En el interior: En cualquiera de las delegaciones y subdelegaciones del IPS (el listado puede consultarse en la página web www.ipssalta.gov.ar, en la solapa Delegaciones)

  • Horario de Atención

    En Salta Capital: 7.30 a 13.30 y de 14 a 17
    En el interior: De 7.30 a 13.30

  • Vigencia

    La afiliación al IPS no cesa a menos que se interrumpa la relación laboral con el Estado Provincial o los municipios. En el caso de los hijos cesa a los 21 años si el hijo no estudia; o a los 27 si continúa estudiando, salvo que ingrese al régimen de Afiliaciones Individuales.

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