Acuerdo de Extinción del Contrato de Trabajo por muerte del Trabajador

  • Descripción

    Acuerdo en virtud de la extinción del contrato de trabajo por muerte de la trabajadora o el trabajador (Art. 248 LCT- Art. 46 inc C Ley 26.844)

  • Area/Dependencia Responsable

    Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia / Secretaría de Trabajo. Reclamos Individuales o Pluriindividuales – Negociaciones Colectivas – Personal de Casas Particulares.

  • ¿Qué es? ¿De qué se trata?

    Presentación y ratificación ante la autoridad administrativa laboral de acuerdos de partes (causahabientes de la trabajadora o el trabajador fallecido y la empleadora o el empleador) en virtud de la extinción del contrato de trabajo por fallecimiento de la o el dependiente.

  • ¿Quién lo puede realizar?

    Las o los causahabientes de la trabajadora o el trabajador fallecido y con derecho a precepción de la indemnización establecida legalmente, con o sin patrocinio letrado o acompañado del representante sindical. La empleadora o el empleador y/o su representante legal con acreditación de la representación que invoca.

  • ¿Qué necesito para hacer el trámite?

     

     

     

    Documentación

    Original

    Copia

    Cantidad

    Acreditación de la representación.

    Exhibe 

    Entrega

    1

    Acuerdo

     

    Entrega

    1

    DNI 

    Exhibe

    Entrega

    1

    Últimos 12  Recibos de Sueldo – o periodo que corresponda – y de Liquidación Final

    Exhibe

    Entrega

    1

    Documentación que acredite el vinculo de los derechohabientes del trabajador fallecido

    Exhibe

    Entrega

    1

    Acta de Defunción del Trabajador

    Exhibe

    Entrega

    1

     

    En original para exhibir ante el funcionario actuante y en copia para agregar al expediente.

    *Los acuerdos necesariamente deberán consignar lo siguiente: 

    • Identificación de las partes: Nombre, apellido, N° de DNI, domicilio real y constituido, teléfono y dirección de correo electrónico
    • Datos de la relación laboral: Fecha de ingreso – Fecha de extinción del vínculo- Categoría laboral y CCT aplicable- Jornada de trabajo y ultima remuneración bruta percibida. 
    • Mención exacta de la forma de extinción del vínculo laboral. 
    • Designación precisa por parte del  empleador a favor de los derechohabientes de los conceptos y montos dinerarios sobre los cuales se celebra el acuerdo.  Formas y plazos de pago. 
    • Declaración jurada de los derechohabientes sobre la inexistencia de otras personas con idénticos derechos; asunción de cualquier eventual responsabilidad por parte de los derechohabientes respecto a terceros que pudieran invocar algún derecho sobre los rubros contenidos en el acuerdo celebrado.

  • ¿Como se hace?

    Es necesario solicitar turno.

    SOLICITAR TURNO

  • ¿Cuánto cuesta?

    El tramite tiene un costo que solo debe ser abonado por la empleadora o  el empleador

    Tasa por Servicio Administrativo Laboral: $ 170.- mas $50. por cada parte extra que rubrican el acuerdo.-

    Forma de Pago: transferencia bancaria: MINISTERIO DE GOBIERNO – MULTAS Y ARANCELES – Cuenta Corriente N° 3-100-094-1945268-0, CBU N° 2850100630094194526801 y acompañar el comprobante en su presentación.

     

  • Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas

    El Plazo del trámite NO será inferior a 8 días hábiles. 

     

    • Recomendaciones: 

     

    • Las partes deberán optar por alternativas bancarizadas, vía online, cajeros automáticos, billeteras electrónicas o terminales de autoservicio para el pago de los montos acordados y adjuntar en el expediente los comprobantes de depósito. 
    • En el supuestos de pago en cheques se deberá identificar de forma exacta los datos (entidad bancaria, N° de serie, fecha de pago y monto) y acompañar en expediente fotocopia de los mismos. 
    • En caso de causahabientes de las trabajadoras, los trabajadores, las empleadoras y los empleadores que deseen realizar consulta o requieran los servicios de conciliación de la Secretaria de Trabajo a fin de llegar a un avenimiento, solicitamos que NO concurra de manera personal al organismo,  por favor comuníquese a nuestros teléfonos o por vía electrónica. 

    REALIZAR CONSULTA

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